El siguiente texto está basado en el taller impartido por Salvador Alcántar, licenciado en Derecho por la Universidad de Guadalajara, Wikipedista desde 2006, miembro fundador de Wikimedia México y Creative Commons México, transmitido por Wikimedia México el 21 de enero de 2023, puedes ver la presentación completa aquí.
Las licencias libres son contratos civiles que permiten a terceras personas el uso, reutilización y creación de trabajos derivados respecto a obras protegidas por el derecho de autor sin limitaciones de tipo legal, económico o técnico.
Entre las licencias libres más conocidas se encuentran GNU y Creative Commons sin embargo existen muchas otras impulsadas por universidades y colectivos que abordan diferentes productos creativos.
“Estas libertades básicas de uso, reutilización, y generación de trabajos derivados son las libertades que permite el conocimiento libre porque el conocimiento ya no tiene ninguna restricción, el conocimiento puede generar más conocimiento sin sus limitaciones.”, señala Alcántar.
Limitaciones legales: Demandas o impedimentos del ejercicios de los derechos
Limitaciones económicas: Cobro de regalías
Limitaciones técnicas: Restricciones a objetos digitales que no permiten utilizarlos.
Creative Commons, por ejemplo, tiene cuatro cláusulas, las múltiples combinaciones de estas cláusulas conforman las seis distintas licencias Creative Commons. Se trata de los derechos patrimoniales y morales definidos de manera individual.

Los diferentes niveles de permisividad de las licencias permiten oscilar dentro del espectro de lo abierto y lo libre.
Las licencias libres son perfectamente compatibles con la irrenunciabilidad de los derechos morales y compatibles con la mayor parte de las legislaciones del mundo, incluyendo la mexicana.
Entre menos restricciones pones mayor libertad existe para las personas consumidoras del conocimiento.

Si no sabes bajo qué licencia creative commons registrar tus obras puedes visitar el sitio Choose a License que permite seleccionar una licencia con dos preguntas básicas.
Dentro del derecho estadounidense, específicamente a través de resoluciones en tribunales federales que intentan resolver a la pregunta ¿cuándo es original una obra?, existe el concepto de umbral de originalidad.
La originalidad es aquella cualidad que permite que una obra sea restringida de todos sus derechos o liberada para el conocimiento, esto solo puede hacerse por la persona autora.
Existen dos principales atributos que debe tener una obra para considerarla original:
- Ser una creación independiente
- Tener creatividad
- No hay creatividad en trabajos “totalmente típicos”, “vulgares” o “desprovistos de la más mínima creatividad”.
- No hay creatividad en trabajos “obvios” o “inevitables”.
- No la hay en reproducciones de trabajos en dominio público.
“Conceptos como autoría u originalidad se vuelven muy borrosos en el mundo moderno”, puntualiza Alcántar.
Cuando algo no está en el umbral de originalidad y no se registró como una obra creativa abona a lo que conocemos como dominio público y por lo tanto abona al conocimiento libre.
Excepciones y limitaciones al dominio público
Los derechos patrimoniales no son derechos ilimitados, como vimos en la parte 1, en el peor de los escenarios, en México, los derechos patrimoniales se pierden cien años después de la muerte de la persona autora.
En todas las legislaciones existen excepciones que permiten ciertos tipos de usos sin necesidad de autorización o compensación económica.
En México, la mayor parte de estas se encuentran en los artículos 148 a 151 de la Ley Federal de Derecho de Autor.
Algunas excepciones importantes:
- Derecho de cita
- Reproducción parcial para la investigación científica, literaria o artística.
- Reproducción para uso privado no lucrativo
- Reproducción para preservación
- Usos no lucrativos
- Libertad de panorama
La libertad de panorama supone la libertad de tomar fotografías, grabar videos o reproducir por otros medios, las obras plásticas, monumentos y edificios ubicados de forma permanente en lugares públicos, así como la posibilidad de usar estas reproducciones libremente.
A pesar de que muchas conductas copiantes se encuentran incluidas ya como infracciones dentro de las legislaciones autorales y como delitos en los códigos penales, vale la pena reconocer que la piratería digital abona al conocimiento libre, la piratería es omnipresente en internet y no podemos negar su importancia para allegar de conocimiento a las personas.
La copia es la esencia de Internet, la piratería es un mercado oculto y por lo tanto irrastreable y no cuantificable, las posibles afectaciones económicas que alega la industria creativa estás basadas en dichos, pero sin suficiente sustento estadístico, es necesario reconocer que la piratería digital no la hacen grupos criminales, sino personas comunes y corrientes como respuesta a las restricciones de acceso al conocimiento.
La mayor parte de las estrategias para el conocimiento libre se ciñen al marco del derecho autoral, el cual, no necesariamente permite mucho rango de desenvolvimiento a las prácticas creativas libres.
“Otras prácticas más radicales como la piratería, también tienen mucho que enseñar acerca de los métodos de compartir en el mundo digital y de las necesidades digitales que hay que cubrir. El derecho autoral tiene que deformarse para ser más acorde al acceso a la cultura.” concluye Salvador Alcántar.